martes 10 de marzo de 2026 - Edición Nº356

Economía | 9 mar 2026

Irrigación reduce el canon de riego para productores afectados por contingencias climáticas

La medida se aplica a establecimientos bajo riego alcanzados por la emergencia agropecuaria. Incluye descuentos, exenciones y facilidades de pago para el período agrícola 2025-2026. El objetivo es aliviar la situación económica de los productores perjudicados por el clima.


Por: Redacción Constructivaonline.com.ar

El Departamento General de Irrigación resolvió adherir al decreto provincial que declaró la emergencia agropecuaria debido a las contingencias climáticas registradas durante el ciclo agrícola 2025-2026.

La medida establece una serie de beneficios para productores cuyas fincas bajo riego hayan sufrido pérdidas significativas, dentro de un plan orientado a aliviar la situación económica de quienes se vieron afectados por fenómenos climáticos. 

La decisión quedó formalizada a través de la Resolución 197, firmada por el superintendente general de Irrigación, Sergio Marinelli, y publicada en el Boletín Oficial. La normativa alcanza a establecimientos rurales ubicados en áreas bajo riego que registren daños productivos, los cuales deberán estar comprendidos dentro del sistema previsto por la Ley Provincial 9083.

El organismo explicó que la medida tiene como finalidad acompañar a los productores que enfrentan dificultades para cumplir con sus obligaciones tributarias, teniendo en cuenta que muchos establecimientos tienen comprometida su capacidad de producción y por lo tanto de sus ingresos.

Descuentos y beneficios 

Uno de los principales puntos de la resolución es la reducción del canon de riego para los productores afectados, con lo cual, aquellos establecimientos declarados en estado de emergencia agropecuaria podrán acceder a una rebaja del 50% en el canon anual. La categoría corresponde a quienes registren pérdidas productivas de entre el 50% y el 79%.

Para los casos de desastre agropecuario, donde los daños superan el 80% de la producción, el beneficio será aún mayor, y otorgará a estos productores una exención del 100% del canon de riego, considerando un límite de hasta 20 hectáreas por establecimiento.

La resolución también contempla alternativas para que los usuarios regularicen su situación financiera, donde los productores podrán optar por cancelar el saldo pendiente mediante un pago único. Desde el DGI indicaron que el vencimiento para esta modalidad será el 31 de agosto de 2027. Mientras tanto, quienes lo prefieran, podrán adherir a un plan de regularización vigente hasta esa misma fecha.

Otro punto relevante es que los productores que ya cuentan con descuentos por buen cumplimiento mantendrán ese beneficio. Además, el descuento del 18% continuará vigente durante el período en que dure la emergencia o el desastre agropecuario, una decisión que busca reconocer a quienes han mantenido un historial de cumplimiento en sus obligaciones.

Identificación de los establecimientos afectados

La identificación de los productores alcanzados por los beneficios estará a cargo de la Dirección de Agricultura y Contingencias Climáticas. El organismo deberá remitir a Irrigación la nómina de establecimientos afectados con un plazo que se extenderá hasta el 30 de junio de 2026.

Una vez recibida la información, el Departamento General de Irrigación incorporará los datos a su sistema de cuentas corrientes, es decir, que el procedimiento permitirá aplicar los descuentos de manera directa en cada caso, evitando demoras innecesarias.

En los casos donde se detecten diferencias entre los registros de ambos organismos, se realizará una revisión técnica y las subdelegaciones de agua y las áreas especializadas analizarán cada situación en  particular.

Asimismo, el organismo publicará el listado de propiedades incluidas en la emergencia en su sitio web oficial, generando información que permitirá que los productores verifiquen si sus establecimientos están contemplados en el beneficio, y ofreciendo total transparencia al proceso.

El régimen de emergencia agropecuaria fijado por el decreto provincial se extenderá desde el 1 de diciembre de 2025 hasta el 31 de marzo de 2027, impactando en las cuotas del canon comprendidas entre la sexta cuota de 2025 y la primera de 2027, período en el que podrán incorporarse nuevas zonas en caso de que se registren contingencias adicionales (casos que deberán contar con la certificación correspondiente de la Dirección de Contingencias Climáticas).

Con esta resolución, el Departamento General de Irrigación ha establecido un plan de acompañamiento a los productores que atraviesan dificultades como consecuencia de eventos climáticos adversos, dentro de una iniciativa que apunta a sostener la actividad agrícola en las zonas irrigadas de la provincia. 

OPINÁ, DEJÁ TU COMENTARIO:
Más Noticias