Por: Redacción Constructivaonline.com.ar
El Ministerio de Seguridad y Justicia de Mendoza formalizó un procedimiento administrativo destinado a intervenir inmuebles abandonados, en ruinas o con usos que generen riesgos para la seguridad pública. La medida establece criterios claros para la actuación estatal con el objetivo de prevenir situaciones de peligro sin afectar la titularidad de la propiedad ni aplicar sanciones.
La normativa define que las intervenciones tendrán carácter administrativo, preventivo, temporal y proporcional. De este modo, se busca neutralizar riesgos estructurales o sociales vinculados a determinados inmuebles. El protocolo aclara que no se trata de una herramienta punitiva, sino de una acción orientada a preservar la convivencia ciudadana y el orden público.
Entre las medidas previstas se incluyen el cerramiento perimetral, la clausura parcial o total del inmueble y el sellado de accesos. También se contempla el retiro de elementos que presenten riesgo de colapso y, en casos puntuales, la demolición parcial y controlada. Todas estas acciones deberán realizarse dentro de los límites legales vigentes.
El texto subraya que las intervenciones no avanzan sobre el derecho de propiedad ni alteran la situación dominial del inmueble. Las actuaciones se encuadran en lo establecido por el Código Civil y Comercial de la Nación, con lo cual se busca equilibrar la protección del interés público con las garantías jurídicas del propietario.
El procedimiento puede iniciarse a partir de denuncias o informes de fuerzas policiales, municipios, organismos públicos, particulares o incluso requerimientos judiciales. En una primera instancia se recopilará la información correspondiente a la situación dominial del inmueble. También se analizarán antecedentes de ocupación y el impacto del estado edilicio en la seguridad del entorno.
Con la información reunida, el Ministerio de Seguridad evaluará la pertinencia de la intervención, y en caso de avanzar, se dictará un acto administrativo previo que deberá ser notificado al titular registral y a otros posibles interesados. Este paso garantiza el derecho a la información y al debido proceso administrativo.
Una vez cumplidos los plazos de notificación, el municipio interviniente definirá las medidas concretas a ejecutar. Para ello, podrá contar con asistencia técnica de áreas especializadas como Defensa Civil. Esta instancia permite adaptar la intervención a las características específicas de cada inmueble y su entorno urbano.
Posteriormente, el Ministerio emitirá una segunda resolución que habilita la ejecución de las medidas definidas. El propietario contará asimismo con la posibilidad de formular una oposición fundada antes de que se avance con la intervención, mecanismo que refuerza el carácter no sancionatorio del procedimiento.
El protocolo establece una limitación clave: no se podrá intervenir por esta vía cuando exista ocupación efectiva del inmueble. En esos casos, cualquier actuación deberá canalizarse exclusivamente a través de la vía judicial correspondiente. La norma, indicron desde Seguridad, busca evitar conflictos legales y respetar los derechos de las personas que habitan los espacios.
Desde el Ministerio destacan que la iniciativa permite actuar de manera anticipada frente a escenarios de peligro. Al mismo tiempo, se preserva el equilibrio entre la intervención estatal y el respeto por la propiedad privada. Con este protocolo, el Estado suma una herramienta preventiva para abordar una problemática creciente en áreas urbanas.