

La Administración de Ingresos de ARCA informó que desde agosto de 2025 entrará en vigencia una actualización de los topes de facturación y las cuotas mensuales para todas las categorías del monotributo. Esta medida responde a la inflación acumulada en el primer semestre, que ronda el 15,4% según el Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM).
Con este ajuste, el límite anual para la categoría más alta (K) pasa de $82 a $95 millones, mientras que la más baja (A) se eleva a poco más de $9 millones. La medida se mantendrá vigente hasta enero de 2026.
Además de los nuevos topes de facturación, ARCA actualizó los montos mensuales a abonar por cada categoría. Estos valores incluyen el impuesto integrado, el aporte al SIPA y la obra social. Por ejemplo, un contribuyente de la categoría A pagará $37.180,17, mientras que uno de la categoría K deberá abonar hasta $1.211.997,16 si ofrece servicios.
Las categorías intermedias también reflejan aumentos considerables. En la categoría H, por ejemplo, el pago mensual será de $392.103,51 para servicios y $238.650,15 para bienes. Los montos varían según el tipo de actividad, lo que exige una revisión detallada por parte de cada contribuyente.
Con los nuevos valores ya publicados, ARCA habilitó el período de recategorización hasta el 5 de agosto. Deben hacerlo quienes hayan tenido cambios en sus ingresos, superficies afectadas, alquileres o consumo energético. Si no hubo modificaciones o si se tiene menos de seis meses de actividad, no es necesario realizar el trámite.
Desde el organismo recomiendan ingresar con clave fiscal y revisar los datos actualizados, ya que no hacerlo puede derivar en una recategorización automática con eventuales sanciones y ajustes retroactivos.
Esta actualización busca también acompañar a los monotributistas que vieron incrementados sus ingresos, permitiéndoles permanecer dentro del régimen sin necesidad de pasar al régimen general. ARCA recomienda aprovechar este momento para planificar los próximos meses, mantenerse dentro de los parámetros legales y evitar pagos indebidos o sorpresas fiscales.
La nueva tabla de topes y cuotas refleja la necesidad de ajustar los parámetros del monotributo a una economía con inflación persistente. La correcta categorización es esencial para evitar multas y garantizar el cumplimiento fiscal en un contexto cambiante.
Los nuevos límites de ingresos brutos anuales para cada categoría quedaron establecidos de la siguiente manera:
Categoría A: $9.015.493,91
Categoría B: $13.208.746,89
Categoría C: $18.520.200,66
Categoría D: $22.993.003,84
Categoría E: $27.046.481,73
Categoría F: $33.878.514,39
Categoría G: $40.513.679,01
Categoría H: $61.496.949,51
Categoría I: $68.854.302,77
Categoría J: $78.829.266,97
Categoría K: $94.034.709,83
Los montos a abonar mensualmente también fueron actualizados e incluyen el impuesto integrado, el aporte jubilatorio (SIPA) y la obra social. Los valores diferenciados según el tipo de actividad (servicios o bienes) son los siguientes:
Categoría A: $37.180,17
Categoría B: $42.323,90
Categoría C:
Servicios: $49.561,46
Bienes: $48.443,25
Categoría D:
Servicios: $63.519,11
Bienes: $61.981,59
Categoría E:
Servicios: $89.942,73
Bienes: $81.276,68
Categoría F:
Servicios: $113.187,83
Bienes: $97.541,70
Categoría G:
Servicios: $172.883,97
Bienes: $119.261,16
Categoría H:
Servicios: $392.103,51
Bienes: $238.650,15
Categoría I:
Servicios: $723.446,13
Bienes: $356.572,81
Categoría J:
Servicios: $875.655,44
Bienes: $436.185,24
Categoría K:
Servicios: $1.211.997,16
Bienes: $527.256,94